
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el procedimiento operativo que permitirá el retiro extraordinario del 25% de los fondos de AFP, en un contexto de emergencia sanitaria por el coronavirus (Covid-19).
La Resolución SBS Nº 1352-2020, publicada en el diario El Peruano, entrará en vigencia el 18 de mayo del 2020.
Se dispone que los afiliados pueden ingresar la solicitud de retiro extraordinario facultativo de aportes obligatorios, por única vez, dentro del plazo máximo de 60 días calendario.
Las AFP establecerán los mecanismos de ordenamiento para garantizar la disponibilidad de los canales de atención de las solicitudes de los afiliados y lo difundirán de forma previa a la presentación de solicitudes
Asimismo, las AFP deben considerar como fecha de corte, la fecha de la presentación de la solicitud de retiro extraordinario por parte del afiliado ante la AFP.
La resolución dispone que la AFP debe disponer la entrega de los fondos del 50% del monto solicitado dentro de los 10 días calendario siguientes de presentada la solicitud, mientras que el saldo restante del 50% debe estar a disposición del afiliado dentro de los 30 días calendario, computados a partir del primer desembolso.
Los afiliados pueden retirar desde 1 UIT, o su equivalente a S/ 4,300, hasta el 25% del total registrado en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC) de aportes obligatorios, estableciéndose como tope máximo de retiro el equivalente a 3 UIT, o el monto de hasta S/ 12,900, conforme a lo dispuesto por la Ley.
En caso el afiliado registre un saldo igual o menor a 1 UIT, o su equivalente a S/ 4,300 en su CIC de aportes obligatorios, el retiro corresponderá al 100% de esta hasta S/ 4,300 y se efectuará en un solo desembolso, en un plazo máximo de 10 días calendario, computados desde el día siguiente de presentada la solicitud.
La AFP es responsable de disponer el medio idóneo a fin de hacer efectivo el pago, buscando maximizar la cobertura de afiliados que solicitaron el retiro extraordinario, dadas las condiciones de la emergencia nacional.
Según la información publicada por la Superintendencia de Banca Seguros y AFP, el inicio para realizar todas las solicitudes empieza el próximo lunes 18 de mayo. Deberás estar atento a toda la información que pueda brindarte tu aseguradora sobre este tema, pues dependerá de cada una de ellas cómo se elabora el calendario.
¿Cuál es el monto al que podrán acceder?
Si tu saldo del fondo es hasta 4 300 soles: podrás retirar hasta el 100%
Entre 4 300 soles hasta 17 200: Podrás retirar solo 4 300 soles
Entre 17 200 hasta 51 60 soles: Hasta el 25% de tus fondos
Mayor a 51 600 soles: Hasta 12 900 soles
AFP Retiro del 25%: Plazos y formas de pago
Si tu fondo es hasta 4300 soles: el pago se realizará en una sola armada a 10 días de presentada tu solicitud
Si tu fondo es mayor a 4 300 soles: El pago se realizará un 50% en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada tu solicitud y el 50% restante a los 30 días calendario del primer desembolso.
AFP Retiro del 25%: Detalles a tener en cuenta
Si el afiliado ya accedió al retiro de los 2000 soles según Decreto de Urgencia N. °034-2020, este monto será descontado al realizar la nueva solicitud.
Las AFP seguirán atendiendo en paralelo las solicitudes del retiro del Decreto de Urgencia N. °038-2020
El cronograma de atención de solicitudes será establecido por cada AFP, según plazos establecidos por la Ley.
El afiliado dispone de 60 días calendarios para presentar la solicitud de retiro, por única vez.