Niños que perdieron a sus padres por la Covid-19 recibirán pensión de S/ 200 (Inscripción y requisitos)

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Niños que perdieron a sus padres por la Covid-19 recibirán pensión de S/ 200 (Inscripción y requisitos)

Foto: GEC

La ministra de Desarrollo e Inclusión Social, Silvana Vargas, informó que casi 11,000 niños y adolescentes que han perdido a sus padres por el coronavirus serán beneficiados con una pensión de orfandad la cual será por 200 soles mensuales. Según indicó la funcionaria, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables entregará “en breve” las primeras pensiones. El dinero será entregado a la persona encargada del cuidado del menor.


"Se aprobó el reglamento de la ley que otorga una asistencia económica a alrededor de 10,900 niños, niñas y adolescentes que perdieron a sus padres y el MIMP iniciará la entrega de las primeras pensiones, son 200 soles mensuales y se entregará a la persona que está al cuidado del menor de edad huérfano de alguno o de los dos padres fallecidos por el covid", detalló en conferencia de prensa.

"Será una pensión por persona, es decir si hay más de un menor de edad en el hogar, cada uno de los niños tendrá derecho a la pensión de 200 soles. Los beneficiarios recibirán la asistencia económica hasta que cumplan los 18 años, sin importar la edad que tengan al momento de recibir este apoyo”, agregó.


Inscripción para recibir el el subsidio de orfandad

La persona que quedó a cargo de los menores de edad huérfanos podrá solicitar que se otorgue la asignación monetaria a través de una plataforma que se habilitará en: https://www.gob.pe/inabif Si presenta problemas el portal web o desea comunicarse por correo electrónico debe escribir a mesadepartes@inabif.gob.pe.

Requisitos para acceder a la pensión por orfandad Según la información oficial, la persona que esté al cuidado del menor debe acreditar el vínculo entre la niña, el niño o adolescente y la persona fallecida por Covid-19 a través de partida de nacimiento, certificado de nacido vivo, o resoluciones judiciales de adopción o administrativa que dicta el acogimiento familiar. El Inabif se encargará de verificar los demás requisitos para la asignación, los cuales son la defunción por covid-19, el padrón general de hogares para priorizar a aquellos beneficiarios o beneficiarias en pobreza o pobreza extrema, entre otros.

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