
Gobierno decreta uso obligatorio de doble mascarilla en la vía pública y sitios con alto riesgo de aglomeración.
Foto: Diario El Peruano
¡Atención! A través de la modificación del artículo 8.4 del Decreto Supremo N° 184-2020-PCM., el Gobierno anuncia el uso obligatorio de doble mascarilla en la vía pública y en sitios con alto riesgo de aglomeración.
La medida regirá a partir del lunes 26 de abril y comprende todo espacio de la vía pública además de lugares como mercados, supermercados, centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos, tiendas de abastecimiento de productos básicos, bodegas y farmacias.
El uso de la doble mascarilla aplicará en las regiones de nivel muy alto y extremo.
"En todos los casos, es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público; así como, el uso de doble mascarilla para el ingreso a establecimientos con riesgo de aglomeración, tales como: centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos, tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias, recomendándose el uso adicional del protector facial en estos establecimientos”, indica la norma.
¡Atención! A través de la modificación del artículo 8.4 del Decreto Supremo N° 184-2020-PCM., el Gobierno anuncia el uso obligatorio de doble mascarilla en la vía pública y en sitios con alto riesgo de aglomeración.
La medida regirá a partir del lunes 26 de abril y comprende todo espacio de la vía pública además de lugares como mercados, supermercados, centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos, tiendas de abastecimiento de productos básicos, bodegas y farmacias.
El uso de la doble mascarilla aplicará en las regiones de nivel muy alto y extremo.
"En todos los casos, es obligatorio el uso de mascarilla para circular por las vías de uso público; así como, el uso de doble mascarilla para el ingreso a establecimientos con riesgo de aglomeración, tales como: centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos, tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias, recomendándose el uso adicional del protector facial en estos establecimientos”, indica la norma.
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